Nuestra Constitución
SECCION I
TITULO I - PREÁMBULO:
Puesto que todas las cosas deben hacerse decentemente y con orden, los que hemos puesto nuestra fe enteramente en el Señor Jesucristo para nuestra salvación: creyentes en la enseñanzas y prácticas de los cristianos creyentes en la Biblia; y adoptando los principios por ellos defendidos desde la antigüedad, nos agrupamos como un cuerpo de creyentes en Cristo bautizados por inmersión, y adoptamos para nuestro gobierno, plan de adoración, enseñanza y servicio, los reglamentos internos a continuación.
Para nosotros como cristianos y como Iglesia, el ÚNICO libro de fe y práctica de autoridad Divina es la Sagrada Escritura (Reina-Valera l602, l909, l960). Las Reglas de la Iglesia, en forma que se expone a continuación, es para sus miembros un resumen de las enseñanzas bíblicas, de los deberes prácticos de la vida cristiana, y del compromiso que voluntariamente han adquirido de conformar sus vidas a ellas. Quizás sea más propio decir "de algunos deberes y enseñanzas", porque nadie ha de suponer que todo esté contenido en este breve resumen.
Decididos que con este modelo de constitución queremos rendir gloria y honra a Dios, es que nos proponemos a que todo hijo de Dios y miembro de esta Iglesia en forma personal vaya y siga creciendo y desarrollándose.
TITULO II - EL NOMBRE:
El nombre de la Iglesia será: IGLESIA BIBLICA BAUTISTA PACER (En acorde con los requirimientos de un cuerpo de corporación en el Estado de Texas, U.S.A.)
TITULO III - PROPÓSITO:
Los propósitos y objetivos generales de esta organización serán conducidos para el desarrollo y fortalecimiento de la obra de Dios.
Esta Iglesia, creyendo en la Biblia como la palabra inspirada por Dios, y como la ÚNICA autoridad en materia de fe y práctica, y reconociendo su fidelidad a todas las enseñanzas de Cristo declara sus propósitos:
CAPITULO 1. Exaltar a nuestro Señor y Salvador Jesucristo.
CAPITULO 2. Mantener servicios regulares, células de oración y estudio bíblicos en el hogar, conferencias, talleres y seminarios para instruir a toda persona en el conocimiento de la Biblia y en el desarrollo espiritual cristiano.
CAPITULO 3. Promover la obra misionera local, nacional, e internacional a través de todos los medios posibles. Proclamando ardientemente el mensaje de la salvación para la evangelización de los incrédulos, tanto en nuestro alrededor como por todo el mundo, por medio de la obra misionera.
CAPITULO 4. Cooperar de todo corazón por medio de la oración, la ofrenda y el servicio cristiano para realizar los propósitos y objetivos generales.
CAPITULO 5. Promover el estudio sistemático de la Biblia, equipar a los miembros para servir con mayor eficacia a nuestro Señor siendo enseñados, redargüidos, corregidos e instruidos en justicia a fin de que sean perfectos y preparados para toda buena obra.
CAPITULO 6. Administrar las dos ordenanzas de la Iglesia - el Bautismo y la Cena del Señor.
CAPITULO 7. Exponer y contender ardientemente por la fe que ha sido una vez dada a los santos, y mantener la línea bíblica clara y consistente.
CAPITULO 8. Establecer otras Iglesias Bautistas Independientes leales al BBFI (Baptist Bible Fellowship International) www.bbfi.org
CAPITULO 9. La Iglesia podrá realizar otras actividades lícitas, actos jurídicos, procedimientos, gestiones y operaciones útiles o necesarios para la mejor realización de su objeto social y fines espirituales , siempre que así lo acuerden sus asociados y en concordancia con las regulaciones de la ley y el presente Estatuto.
SECCION II
TITULO I - LA IGLESIA LOCAL Y VISIBLE
CAPITULO 1. Cuando uno recibe al Señor Jesucristo como su único Salvador es bautizado por el Espíritu Santo en el cuerpo de Cristo llegando a ser miembro de su carne y de sus huesos y además es una nueva criatura en Cristo creada para buenas obras. Para poder cumplir con sus responsabilidades como hijo de Dios es preciso que se congregue en una iglesia local y visible.
CAPITULO 2. Por lo tanto la iglesia local es una asamblea o congregación bíblica, fundamental e independiente de los hijos de Dios en un lugar particular, bautizados por inmersión, en profesión de fe, premilenialista y esperando la venida del Señor Jesucristo por su iglesia (el rapto) en cualquier momento, que le reconocen a Él como su cabeza, quienes confían en su sacrificio expiatorio para la justificación delante de Dios, que dependen del Espíritu Santo para la santificación, que están unidos en la doctrina de la Biblia, reuniéndose voluntariamente para el culto y cooperando en el predicar el evangelio a toda criatura. Ef. 5:23; I Ped. 1:l8,l9; 2 Tes:2:l3; Hechos. 2:42; Heb. l0:25; Marcos l6:l5
TITULO II - LAS AUTORIDADES DE LA IGLESIA LOCAL
CAPITULO 1. La Palabra de Dios (Reina-Valera l602, l909, l960)
ARTICULO 1. La Biblia es la revelación COMPLETA y FINAL de Dios a los hombres de hoy, inspirada y preservada por el Espíritu Santo, para que El les ilumine a toda la verdad. Ap. 22:l8,l9
ARTICULO 2. Por lo tanto, es la ÚNICA fuente de las enseñanzas, las doctrinas, la fe, las prácticas y las prédicas en la iglesia local. 2 Tim. 3:l6
CAPITULO 2. El Señor Jesucristo - el Señor de la iglesia local
ARTICULO 1. Es el ÚNICO Señor de la iglesia local. Fil. 2:9-11
ARTICULO 2. Es el ÚNICO gobernador de la iglesia local. I Tim. 2:5
CAPITULO 3. El Espíritu Santo - la vida espiritual de la iglesia local
ARTICULO 1. El da vida espiritual a la iglesia. Ro. 8:5-10
ARTICULO 2. El estimula la actividad de la iglesia local. Hechos. 1:8
ARTICULO 3. El da y mantiene la comunión en la iglesia local. Ro. 8:l4-l7
ARTICULO 4. El reparte los dones en la iglesia local. I Cor. l2:4-11
1. - El reparte estos dones a cada creyente según SU voluntad.
2. - Son para la edificación de la iglesia local y sus miembros.
3. - Los dones señales dados a Israel, los milagros, la sanidad, las lenguas y la interpretación de las lenguas, no se ejercen hoy en día en la iglesia local.
4. - Los dones de servicio se ejercen en la iglesia local para el beneficio de los demás hermanos de la iglesia.
TITULO III - LA MEMBRESÍA DE LA IGLESIA LOCAL
CAPITULO 1. Requisitos para poder presentarse como miembro de la Iglesia
ARTICULO 1. Que crean en el Señor Jesucristo, y que le hayan recibido como su Salvador, confesándole como su Señor. Hechos. l6:30,31
ARTICULO 2. Que den evidencia de ser una nueva criatura. 2 Cor. 5:l7
ARTICULO 3. Que sean bautizados por inmersión, en una Iglesia Bautista u otra iglesia que tenga la misma fe, doctrina y práctica, (a criterio del pastor) después de su profesión de fe. Hechos. 8:37
ARTICULO 4. Que muestren acuerdo con los principios de fe y con las prácticas de esta iglesia local. Hechos. 2:41,42
ARTICULO 5. Que los esposos tengan legítimamente en orden su estado civil.
ARTICULO 6. Que asistan fielmente los cultos de la iglesia por un período de seis meses.
ARTICULO 7. Firmen el Pacto de la Iglesia.
ARTICULO 8. Miembros de otras Iglesias Bautistas teniendo una convicción de la misma fe, doctrina y práctica pueden ser presentados por la recepción de una carta de recomendación y/o dimisión de dicha iglesia y previo período de seis meses de asistencia fiel.
ARTICULO 9. Personas quienes han sido miembros de una Iglesia Bautista de la misma fe, doctrina y práctica pero que no tienen una carta normal de dimisión, pueden ser presentados previa declaración de fe y previa período de asistencia fiel de cuanto menos 12 meses.
CAPITULO 2. La recepción de los miembros nuevos.
ARTICULO 1. Personas que cumplan con los requisitos pueden ser presentados por membrecía de la Iglesia durante el tiempo de la invitación de cualquier servicio.
ARTICULO 2. Serán presentados por el pastor de la Iglesia.
ARTICULO 3. Serán recibidos por una votación por aclamación de confirmación de los miembros presentes.
ARTICULO 4. De revelarse una objeción razonable de la votación, la decisión de recibir dicha persona ser postergada por el pastor hasta la próxima reunión de miembros de la Iglesia. La persona que haya objetado debe compartir sus objeciones con la Iglesia.
ARTICULO 5. El pastor puede postergar la votación para cualquier postulante de membrecía hasta cuando haya tenido la oportunidad de entrevistarse con él personalmente.
CAPITULO 3. Los privilegios de ser miembro son los siguientes:
ARTICULO 1. La participación activa (cantar, enseñar, dirigir, etc.) en los cultos y las actividades de la Iglesia.
ARTICULO 2. Asistir y participar en las reuniones especiales de la Iglesia Bíblica Bautista Pacer.
TITULO IV - LA MEMBRESÍA
CAPTIULO 1. Se conserva por cumplir con sus deberes.
ARTICULO 1. Por servir e identificarse con la Iglesia en una manera total.
ARTICULO 2. Obedeciendo sus bases fundamentales, respetando su autoridad y observando su constitución.
ARTICULO 3. Contribuyendo al sostenimiento del ministerio y el mantenimiento de la Iglesia, es decir, el local, entendiéndose que el diezmo es el punto de partida para cualquier creyente.
ARTICULO 4. Asistiendo fielmente todos los servicios regulares de la Iglesia, siendo estos para adorar al Señor.
CAPITULO 2. Se pierde:
ARTICULO 1. Por alejamiento de la Iglesia, sin que el miembro indique a donde va ni busque medio de comunicarse con ella, por un espacio de 90 días, ser entrevistado por el pastor. Si el miembro indica que no está interesado en su membrecía, esa persona por dicha acción se exime a sí mismo de la membrecía de la Iglesia.
ARTICULO 2. Por unirse a grupos contrarios a la fe y orden, por enseñar otra doctrina no acordada con la Iglesia o por alguna desviación doctrinal.
ARTICULO 3. Por disciplina de la Iglesia de acuerdo con el Título IX de esta Constitución.
ARTICULO 4. Por transferencia, por pedido de otra Iglesia Bautista de la misma fe.
ARTICULO 5. Por fallecimiento.
ARTICULO 6. Otros no contemplados que motiven el término.
ARTICULO 7. Al presentarse la necesidad de terminar la membrecía de un miembro de la Iglesia, el pastor hará una moción para tener su membrecía terminada indicando las razones.
ARTICULO 8. Una persona puede tener su nombre devuelto a la membrecía de la Iglesia por asistir continuamente los cultos durante un período de tres meses (90 días), indicar de nuevo, su lealtad a la Iglesia, sus enseñanzas, sus prácticas y su Constitución y presentar una solicitud respectiva por medio del pastor.
TITULO V. LOS OFICIALES DE LA IGLESIA LOCAL
CAPITULO 1. Los apóstoles - aquellos hombres designados para fundar la iglesia y cuando la inauguración del movimiento se había completado, el oficio cesó. Ef. 4:11
CAPITULO 2. Los profetas - aquellos hombres designados para ayudar a fundar a la iglesia en la verdad y cuando la Biblia se había completado el oficio cesó. Ef. 4:11
CAPITULO 3. Los evangelistas - son los hombres dados a la iglesia que tienen la misión de ir de lugar a lugar para iniciar nuevas obras o predicar unas campañas en las iglesias para su edificación o sea son los misioneros itinerantes.
CAPITULO 4. Los pastores maestros (obispo, anciano) son los hombres dados a la iglesia quienes tienen la responsabilidad de dirigirla.
ARTICULO 1. Es pastor-maestro espiritual, forjado en la experiencia, el estudio y la oración, celoso de ganar almas y edificarlas en la palabra de Dios.
ARTICULO 2. Su principal ministerio es predicar la palabra. 2 Tim. 4:2
ARTICULO 3. La importancia del oficio se indica por el énfasis de las calificaciones del pastor que se encuentran en I Tim. 3:1-7 y Tito 1: 6-9.
ARTICULO 4. Es quien preside los cultos de la Iglesia y bajo la autoridad de la Iglesia, administra las ordenanzas de la misma.
ARTICULO 5. El es el superintendente nato de la disciplina, así como el presidente de las reuniones. Sólo Jesucristo posee el poder legislativo en la Iglesia, pero el pastor representa el poder ejecutivo de la congregación, y esto nunca en forma coactiva, sino por la enseñanza en la persuasión nunca por imposición.
ARTICULO 6. Por lo tanto, merece ser honrado y sostenido económicamente por la Iglesia local. I Cor. 9:7-14; I Tim: 5:17,18
CAPITULO 5. Los diáconos - son los hombres de la Iglesia que sirven en ella. Hechos. 6:1-4
ARTICULO 1. La importancia del oficio se indica por el énfasis de las calificaciones de los diáconos que se encuentran en I Tim. 3:8-13.
ARTICULO 2. Son elegidos por todos los miembros de la iglesia local.
ARTICULO 3. El oficio de diácono consiste en la ayuda y el apoyo al pastor tanto en lo espiritual como en lo material.
ARTICULO 4. Por lo tanto, sus deberes incluyen tanto el cuidado de los miembros (los enfermos, las viudas, los necesitados y los incumplidos) como el cuidado de local (el edificio).
ARTICULO 5. Y además de este grupo de hombres se eligen, entre sí, los tesoreros y el secretario de la Iglesia.
ARTICULO 6. El oficio de los diáconos (el diaconado-I Tim. 3:10,13) como se presenta en la palabra de Dios es exclusivamente para los hombres. Reconocemos que las mujeres pueden desarrollar una obra muy importante en la iglesia local sirviendo y ayudando a muchos (Rom. l6:1,2) pero no existe un oficio de la iglesia para ellas "porque no permito (dice el apóstol Pablo) a la mujer...ejercer dominio sobre el hombre." I Tim. 2:12.
ARTICULO 7. Por consiguiente, mientras los pastores cuidan de los intereses espirituales de la iglesia, los diáconos tienen la superintendencia de sus intereses temporales.
CAPITULO 6. Es muy significativo que la Constitución no menciona los comités. La Iglesia Biblica Bautista Pacer es dirigida exclusivamente por el pastor y los demás oficiales sin la intervención de los comités.
TITULO VI - COMO ELEGIR A LOS OFICIALES DE LA IGLESIA LOCAL
CAPITULO 1. Como elegir al pastor de la Iglesia:
ARTICULO 1. La Iglesia tiene que elegir una comisión "Pro-Pastor" cuyas responsabilidades son los siguientes:
PUNTO 1. Cuidar y dirigir a la Iglesia mientras busquen a un pastor nuevo.
PUNTO 2. Servir como comisión "Pro-Púlpito" la cual procurará invitar a alguien para dirigir y predicar en los cultos.
PUNTO 3. Buscar, con la dirección Divina por medio de la oración y la confianza absoluta en la ayuda del Espíritu Santo, a los posibles candidatos que reúnan las características y cualidades que requiere de su pastor.
(Título V; Capítulo 4; Artículos del uno al seis)PUNTO 4. Invitar, uno por uno, a los posibles candidatos a predicar en la Iglesia para poder ser considerado como el nuevo pastor de la Iglesia.
ARTICULO 2. La selección del candidato después de su presentación a la Iglesia:
PUNTO 1. En el próximo culto, se convocará a una reunión de la Iglesia para consider su decisión. Los miembros votarán para aceptar o rechazar tal candidato.
La aceptación será por un voto del tres cuatros (3/4) de los miembros presentes.PUNTO 2. Si la Iglesia decide invitar al siervo, le enviará, por escrito, una invitación que le indicará las condiciones de trabajo, esperanzas de la Iglesia y las consideraciones económicas que la Iglesia ofrece.
PUNTO 3. Si la Iglesia decide no invitar al siervo, le enviará, por escrito, una carta al respecto a la brevedad evitando de esta manera la creación de falsas expectaciones en el hermano.
PUNTO 4. Si la Iglesia decide no invitar al siervo, la comisión "Pro-Pastor" continuará, en la manera establecida, su búsqueda de un pastor por la Iglesia.
PUNTO 5. Una vez que la comisión "Pro-Pastor" ha cumplido con su búsqueda, esta comisión automáticamente dejará de existir.
ARTICULO 3. La terminación del servicio pastoral.
PUNTO 1. El pastor puede renunciar dando notificación de por lo menos treinta (30) días de anticipación a la congregación.
PUNTO 2. Si el pastor obviamente no está cumpliendo con sus deberes pastorales, o ya no llena los requisitos escritúrales de su oficio o ha caído en pecado, los miembros, en una reunión especial debidamente llamada, pueden presentar una moción para sacarle de su oficio. Dicha moción debe ser aprobado con un tres cuartos (3/4) de los miembros presentes.
PUNTO 3. Reconociendo la gravedad de esta decisión, la Iglesia debe buscar la dirección de Dios y proceder con mucha cautela y temor.
CAPITULO 2. Como elegir a los diáconos.
ARTICULO 1. Los requisitos y los deberes de los diáconos: Título V; Capítulo 5;Artículos del uno al siete.
ARTICULO 2. La selección y la cantidad de los diáconos.
PUNTO 1. Los candidatos al diaconado serán nominados por el pastor después de considerar una lista de posibles candidatos presentada por los miembros de la Iglesia antes de las elecciones.
PUNTO 2. Durante una reunión especial, el pastor presentará una lista de los candidatos a los miembros de la Iglesia. Los que reciben el mayor número de los votos hasta el número determinado de los diáconos, serán nombrados como diáconos de la Iglesia.
PUNTO 3. En el próximo culto de la Iglesia, el pastor convoca un programa para instalar a los diáconos elegidos.
PUNTO 4. Serán elegidos por un año y pueden ser reelegidos.
PUNTO 5. En su primera reunión después de ser elegidos, ellos elegirán, entre sí, dos tesoreros y un secretario de la Iglesia.
PUNTO 6. La cantidad de los diáconos será determinada según crea necesario el pastor.
ARTICULO 3. La terminación del servicio de los diáconos.
PUNTO 1. De no ser reelegido.
PUNTO 2. Por sus propias razones por notificar al pastor.
PUNTO 3. Por ser cesado por un voto mayoritario de los miembros por cualquiera de las siguientes razones:
a. Dejar de llenar los requisitos escritúrales.
b. Encontrarse en estado de rebelión contra el pastor y la Iglesia.
c. Dejar de cumplir sus deberes.
TITULO VII - LA ORGANIZACIÓN DE LA IGLESIA LOCAL
CAPITULO 1. Su forma de gobierno es Divino (por la palabra de Dios) y es Congregacional, sujetándose a la Constitución de la Iglesia.
CAPITULO 2. La iglesia local es autónoma y tiene soberanía absoluta en que es libre de jerarquías de individuos y organizaciones; aunque creemos que es bíblico tener cooperación con otras Iglesias de las mismas creencias y práctica para el adelanto del evangelio, la defensa de la fe y el compañerismo cristiano.
CAPITULO 3. A la asamblea entera de la iglesia local se le da los siguientes poderes vitales de organización:
ARTICULO 1. El poder de organizarse y existir por sí misma como una asamblea local de los hijos de Dios para desarrollar la obra de Dios.
ARTICULO 2. El poder de recibir y distribuir los diezmos y las ofrendas de sus miembros.
ARTICULO 3. El poder de recibir, disciplinar y excluir a sus miembros.
ARTICULO 4. El poder de elegir a sus propios oficiales.
ARTICULO 5. El poder de administrar las dos ordenanzas de la iglesia local.
ARTICULO 6. El poder de decidir en los otros asuntos no decididos por la palabra de Dios. Ayudando a muchos (Rom. l6:1,2)
TITULO VIII - LAS REUNIONES DE LA IGLESIA LOCAL
CAPITULO 1. Las reuniones especiales serán convocadas por el pastor, los diáconos, o una mayoría de los miembros activos de la Iglesia.
CAPITULO 2. Sus características:
ARTICULO 1. Serán anunciadas por lo menos con una semana de anticipación.
ARTICULO 2. Serán llevadas a cabo en un lugar y una hora conveniente para la mayoría de la membrecía.
ARTICULO 3. El pastor y los diáconos animarán a los miembros para que todos puedan estar presentes.
CAPITULO 3. Se conducirán tomando en cuenta lo siguiente:
ARTICULO 1. Cada reunión especial empezará y terminará con oración.
ARTICULO 2. Los miembros que asisten una reunión convocada según lo estipulado, constituirán automáticamente un quórum para la transacción de negocios relacionados con la Iglesia.
ARTICULO 3. Durante la reunión especial, todo se hará decentemente y con orden.
ARTICULO 4. Los asuntos se decidirán por voto mayoritario de los miembros asistentes excepto en los casos contrariamente estipulados en otras partes de esta Constitución.
ARTICULO 5. Según la naturaleza de las reuniones especiales sólo podrán participar y votar los miembros mayores de 18 años de edad.
CAPITULO 4. No se admitirán reuniones especiales sin el conocimiento del pastor y el cumplimiento de todas las reglas de esta Constitución. Los miembros que asistan a tal reunión cometen una ofensa grave contra la Iglesia Bautista Bautista Pacer y por lo tanto serán tratados tal como estipulan los artículos que tratan con la disciplina bíblica.
TITULO IX - LA DISCIPLINA EN LA IGLESIA LOCAL
CAPITULO 1. Es una necesidad, Mt. 16:19; 18:l8; I Cor. 5:1-13. Entendemos por disciplina la acción que la iglesia local se ve obligado a tomar con algunos de sus miembros, cuando estos rehúsan apartarse de un grave error doctrinal o de un pecado notorio, grosero y escandaloso. Es necesario para preservar el testimonio y la pureza de la iglesia local.
CAPITULO 2. Las clases personales de disciplina.
ARTICULO 1. Privada - nunca se debe llevar una queja contra un hermano a la Iglesia o al pastor, sin haber antes intentado corregirlo en secreto.
ARTICULO 2. Publica - cuando la ofensa es conocida públicamente, comprometiendo el buen nombre y testimonio de la Iglesia o el ofensor rehúsa corregirse tras la corrección privada.
CAPITULO 3. La restauración es la meta de la disciplina. Por lo tanto, la Iglesia encargará al pastor que ponga en observación al creyente en disciplina que muestra deseos de reconciliarse con Dios y la Iglesia. Luego de un período prudencial, en que dicho creyente muestre evidencias claras de su arrepentimiento, el pastor lo recomendará para que sea restituido a la membrecía activa de la Iglesia. El creyente en disciplina pasará a una posición pasiva en la Iglesia sin poder ejercer ninguna posición oficial ni participar en las reuniones especiales de la Iglesia.
CAPITULO 4. La expulsión (excomunión) - Está compuesta esencialmente en la exclusión de todos los cultos y las actividades de la iglesia local de parte del miembro que rehúsa someterse a la disciplina ordenada por la Iglesia.
No se excluyen las oraciones por los ofensores. En cualquier momento, la persona excomulgada, al reconocer los errores de su camino, puede arrepentirse y comunicarse con el pastor pidiendo el perdón y la reconciliación. Por la recomendación del pastor, dicha persona puede volver a la Iglesia bajo la disciplina ordenada por ella para encontrar la restauración. 2 Tes. 3:6,14,15; I Tim. 6:3-6; Tito 3:10
CAPITULO 5. La aplicación de la disciplina - ha de ser ejercida por la Iglesia Bautista Bautista Pacer, en el nombre del Señor Jesucristo, en obediencia a la palabra de Dios y en el poder del Espíritu Santo.
TITULO X - LAS ORDENANZAS DE LA IGLESIA LOCAL
CAPITULO 1. El Bautismo Hechos. 2:41; 8:36-39; 10:47
ARTICULO 1. Su significado - el bautismo es un testimonio público de una persona que YA ha recibido al Señor Jesucristo como su Salvador personal.
ARTICULO 2. Su forma - el modo bíblico del bautismo es el de la inmersión.
ARTICULO 3. El candidato será una persona que declara su fe en el Señor Jesucristo como su único y suficiente Salvador.
ARTICULO 4. El administrador - el pastor u otra persona designada por una iglesia bíblica que predica y practica la fe verdadera de la palabra de Dios y con la autoridad de la misma.
CAPITULO 2. La Cena del Señor
ARTICULO 1. Institución de esta ordenanza fue dada por el Señor Jesucristo. Mateo 26:26-28; I Cor. 11:23-30
ARTICULO 2. Los participantes - Todos los miembros (bautizados) de la iglesia local que no estén excluidos en cumplimiento de una justa medida disciplinaria.
ARTICULO 3. Los elementos - cuando el Señor Jesucristo la instituyó, El repartió a sus discípulos pan sin levadura y una copa que contenía el fruto de la vid o sea el jugo fresco de uva.
ARTICULO 4. Simboliza la muerte del Señor Jesucristo.
ARTICULO 5. Se anuncia la segunda venida del Señor Jesucristo.
ARTICULO 6. Es tiempo de auto-reexaminación espiritual.
ARTICULO 7. Cuando debe observarse - no hay un mandamiento específico sobre este punto. La Biblia solamente dice: "Todas las veces que comiereis de este pan y bebiereis de esta copa...". I Cor. 11:26
TITULO XI - LAS FINANZAS DE LA IGLESIA LOCAL
CAPITULO 1. El ÚNICO plan de Dios para las finanzas de la iglesia local y todas sus ministerios son los diezmos y las ofrendas voluntarias de sus miembros. Lev. 27:30; I Cor. l6:2; 2 Cor. 9:7
ARTICULO 1. El diezmo: quiere decir que los miembros de la iglesia local deben dedicar la décima parte de ganancias o entradas al Señor para el sostenimiento de la iglesia local los cuales deben ser entregados sistemáticamente (Cada primer día de la semana...) a la iglesia local.
ARTICULO 2. La ofrenda misionera: es una promesa a Dios que va mas allá del diezmo para los proyectos misioneros que la iglesia local apoya.
ARTICULO 3. La ofrenda especial: es una ofrenda que va más allá del diezmo dada por algo en especial.
CAPITULO 2. Todos los fondos serán administrados por los tesoreros y bajo la vigilancia y autoridad de los oficiales de la iglesia, utilizados conforme a los propósitos mencionados en el Preámbulo.
CAPITULO 3. En el supuesto caso de que la Iglesia se disuelva, el pastor y los diáconos liquidarán todos sus capitales, pagarán todas sus deudas con los fondos disponibles y distribuirán el saldo a favor, si hubiera, entre los proyectos misioneros de la Iglesia o proyecto misionero del Compañerismo Bíblico Bautista o del Baptist Bible Fellowship International (BBFI).
CAPITULO 4. Puesto que el único plan de Dios para financiar la iglesia local son los diezmos y las ofrendas de los miembros, la iglesia local no realizar ninguna actividad (venta de Garage sale, fritangas, etc.) ni dentro del local ni fuera de él en nombre de la Iglesia para recaudar fondos, como manera de sostenimiento.
CAPITULO 5. Puesto que el local de la Iglesia sirve exclusivamente para desarrollar los ministerios de ella, no será considerado apropiada la venta de cualquier producto, servicio u oferta dentro de ella. Juan 2: 13-16
CAPITULO 6. El Pastor que labore por la Iglesia será pagado según la capacidad que Tendrá la Iglesia para pagarle.
CAPITULO 7. Otros empleados de la Iglesia pueden ser contratados o despedidos por el pastor y los diáconos.
CAPITULO 8. El sueldo y beneficios para los empleados de la iglesia serán considerados anualmente.
TITULO XII - LAS ASOCIACIONES DE LA IGLESIA LOCAL
CAPITULO 1. Esta Iglesia, ahora o en el futuro, nunca y en ninguna manera será oficialmente asociada con ninguna asociación a menos que tenga los mismos fines, las mismas prácticas y la misma fe de los que esta Iglesia tiene.
CAPITULO 2. Por lo tanto, no formamos parte del Concilio Mundial de Iglesias ni del Consejo Nacional de Iglesias ni algo semejante.
CAPITULO 3. No mantendremos relación ninguna con las sectas, los grupos carismáticos ni con los llamados grupos evangélicos los cuales muestran una posición para-eclesiástica y por lo tanto extra-bíblica o sea el movimiento ecuménico.
CAPITULO 4. Mantendremos compañerismo (retiros, paseos, campañas, campamentos, etc.) con otras iglesias bautistas independientes fundamentales para avanzar la obra de Dios en la comunidad.
TITULO XIII - LA MODIFICACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN.
CAPITULO 1. Esta podrá ser revisada y modificada en cualquier reunión especial de negocios de la iglesia con una mayoría de tres cuartos (3/4) del voto de todos de los miembros presentes. Dicha revisión por escrito haya sido aprobada por el pastor y leído en dos cultos de la iglesia, también se haya exhibido en un lugar visible por dos semanas antes de la reunión especial.


